Ayudas COVID-19
Se ha aprobado un importante paquete de ayudas para autónomos y empresas
                                                    El paquete de ayudas aprobado consiste en una cantidad fija de 3.000 euros para autónomos que tributen en régimen de estimación objetiva, y de entre 4.000 y 200.000 euros para el resto de empresas. Los beneficiarios deberán cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:
- Haber sufrido una caída de más de un 30% en el volumen de operaciones anual en 2020 con respecto al 2019.
 
- Desarrollar alguna de las actividades especialmente afectadas por la pandemia (se incluyen en el Anexo I del Real Decreto-Ley que aprueba las ayudas).
 
El importe de las ayudas será de un porcentaje sobre la caída de ventas que supere el 30%. Dicho porcentaje es del 40% para autónomos que tributen en el IRPF en estimación directa (ingresos menos gastos) y para empresas que tengan hasta 10 empleados, y del 20% para empresas que tengan más de 10 empleados.
Por ejemplo, en el año 2019 su empresa -una SL con más de 10 trabajadores- facturó 1.450.000 euros, y en el año 2020 sólo alcanzó los 987.000. Vea la ayuda a la que podrá acceder:
| 
			 Concepto  | 
			
			 Euros  | 
		
| 
			 Facturación 2019  | 
			
			 1.450.000  | 
		
| 
			 Facturación 2020  | 
			
			 987.000  | 
		
| 
			 Caída mínima exigida (euros y %)  | 
			
			 435.000 (30%)  | 
		
| 
			 Caída sufrida (euros y %)  | 
			
			 463.000 (31,93%)  | 
		
| 
			 ¿Cumple el requisito?  | 
			
			 Si  | 
		
| 
			 Exceso de caída sobre el 30%  | 
			
			 28.000  | 
		
| 
			 Ayuda: 20% sobre el exceso (1) (2)  | 
			
			 5.600  | 
		
1. Con un mínimo de 4.000 euros y un máximo de 200.000.
2. Si su SL tuviese 10 empleados o menos, o si usted desarrollase su actividad como persona física en estimación directa, la ayuda sería del 40% (11.200 euros), con los mismos límites.
Pulse aquí para obtener la norma que regula estas ayudas, en la que se enumeran los sectores beneficiados y se fijan los requisitos para a acceder a ellas.
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